Todavía estás a tiempo de ingresar tu proyecto artístico o comunitario para concursar en el «Programa de apoyo a proyectos para niños y jóvenes» del FONCA que busca “estimular la formación y desarrollo de públicos en las etapas de la infancia y adolescencia e impulsar el desarrollo de proyectos que propicien el trabajo con niños y jóvenes, que tengan salida al público en un plazo máximo de 12 meses”.
Los seleccionados accederán a un fomento hasta 250 mil pesos a proyectos que no cuenten con otras aportaciones financieras, pero sí con respaldos de salida al público de los resultados de las propuestas.
O una coinversión hasta un millón y medio de pesos a proyectos que cuenten con otras aportaciones financieras, en efectivo o en especie, y salida al público de los resultados de las propuestas.
A continuación las bases de participación:
Modalidades financieras.
1) Fomento hasta $250,000.00 a proyectos que no cuenten con otras aportaciones financieras, pero sí con respaldos de salida al público de los resultados de las propuestas.
2) Coinversión hasta $1’500,000.00 a proyectos que cuenten con otras aportaciones financieras, en efectivo o en especie, y salida al público de los resultados de las propuestas.
Las aportaciones en coinversión tendrán que provenir de terceros y deberán respaldar el 35% mínimo sobre el costo total del proyecto; estas fuentes de financiamiento podrán ser privadas o públicas (federales, estatales, municipales).
Las aportaciones podrán ser propias si se postula como grupo legalmente constituido, teniendo que respaldar el 35% mínimo sobre el costo total del proyecto. Cuando la coinversión sea en especie, se deberá establecer en la carta de respaldo correspondiente el valor económico de la aportación y será considerada como tal, siempre y cuando se refiera a rubros del presupuesto que no cubra el Fonca, o a un bien significativo para el desarrollo del proyecto que se presenta.
La coinversión deberá respaldarse con cartas que cumplan con lo establecido en el numeral II.5 de estas Bases. No se aceptarán aportaciones en coinversión de recursos ya ejercidos y que se pretendan aplicar de manera retroactiva.
No se aceptarán como aportaciones en coinversión las que se generen a futuro como resultado del proyecto postulante, como ingresos en taquilla o la probable venta de productos o servicios.
Categorías de participación ·
Proyectos Artísticos ·
Proyectos Comunitarios.
Formas de participación
- a) Individual: cuando la propuesta dependa únicamente del titular y cuente con el compromiso por escrito de proveedores, instituciones y/o empresas que lo respalden para dar salida a los resultados del proyecto.
Se darán de baja en la Revisión Administrativa las postulaciones que no cumplan con este requisito.
El aspirante deberá considerar que un proyecto que necesariamente requiera para su realización de un equipo de trabajo, como una puesta en escena, la organización de un festival, un montaje, una producción discográfica, o bien, el desarrollo de actividades en un Espacio Cultural Independiente, entre otros, no podrá ser registrado en la Forma de Participación Individual.
- b) Grupos legalmente constituidos: se refiere a personas morales constituidas con las formalidades que la ley indica, como pueden ser: organizaciones, asociaciones o sociedades civiles, microempresas culturales o industrias culturales y creativas, fundaciones, instituciones de asistencia privada, entre otros.
- c) Grupos artísticos: son las agrupaciones que cuentan con un nombre o denominación que las distinga, que demuestren una trayectoria regular o trabajo en conjunto, por más de una ocasión, entre dos o más integrantes y que no estén formalizados mediante un acta constitutiva.
- d) Equipos de trabajo: se refiere al grupo de personas invitadas a participar en un proyecto que se registrará en esta convocatoria; el equipo deberá contar con un titular que funja como representante ante el Fonca.